Información sobre trámites y programas > Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO)


Trámite
Pensiones
Requisitos
A quien va dirigido A todas las personas más carentes de la comuna de Rancagua que cumplan con los requisitos y que soliciten el beneficio por demanda espontánea.
Como acceder Acudir a módulos de atención del RSH de lunes a viernes de 8.15 a 14.00 hrs. Y en los CDC de la comuna de Rancagua de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 hrs.:
• CDC Oriente: Lunes- Miércoles y jueves
• CDC Poniente: Martes
• CDC SUR- CDC Rural : Viernes por medio
PBSI:
- Cédula de identidad
- Certificado Médico
PBSV:
Cédula de identidad
Detalle
Objetivo del programa Otorgar ayuda económica por parte del Estado a personas carentes de recursos que contribuya a mejorar su calidad de vida.

En que consiste (breve descripción) Pensión Básica Solidaria
Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y cumplan los requisitos establecidos en la ley 20.255.
Pensión Básica Solidaria de Vejez: Monto: $107.304 (desde el 1° de Enero 2019)
Requisitos: No tener derecho a pensión por otra vía; Edad: 65 años; Grupo familiar: 60% más pobre según INDICE DE FOCALIZACION PREVISIONAL (y Residencia en el país de a lo menos 4 años en los últimos 5 años.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez: Monto: $107.304 (desde el 1° de Enero 2019)
Requisitos: No tener derecho a pensión; Ser declarado inválido por la Comisión Médica, desde los 18 años y menor de 65 años del 60% más pobre según INDICE DE FOCALIZACION PREVISIONAL (RSH actualizado) y Residencia en el país de a lo menos 5 años en los últimos 6 años.
Aporte Previsional Solidario:
Es el aporte monetario mensual, de cargo fiscal, que incrementa las pensiones autofinanciadas.
Está dirigido:
• A las personas titulares de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia del decreto ley N° 3.500, de 1980.
• A los pensionados por vejez o jubilación, pensionados por invalidez o pensionados de sobrevivencia del Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP).
• A los imponentes del actual IPS que obtengan dichas pensiones en el futuro.
• A las personas con derecho a una pensión de sobrevivencia otorgada por la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744).
• A los pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados por Ley Rettig y Ley Valech, que además de esa pensión perciban otra del decreto ley Nº 3.500 o de uno de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP), podrán acceder al APS de Vejez, pero se le deducirá del monto calculado como APS el monto de la pensión que perciban por gracia o reparación.


Aporte Previsional Solidario de Vejez: Requisitos: Tener una Pensión Base inferior a Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) monto menor a $317.085 NO se consideran las pensiones básicas solidarias - Existen otras excepciones que se ven al revisar antecedentes. Edad: 65 años. Grupo Familiar: 60% según INDICE DE FOCALIZACION

Principales líneas de acción Atención de público
Verificación de cumplimiento de requisitos
Ingreso de solicitud
Entrega de postulaciones físicas a sucursal IPS Rancagua
Ante consulta espontanea de los postulantes se entrega resultado de postulación


Dependencias
No especificado
Información complementaria
Fuente de financiamiento Financiamiento Municipal: Equipamiento, Recurso Humano, Gastos Operacionales
Convenio con alguna institución Instituto de Previsión Social
Año del programa
Datos de contacto Encargada Reforma: Sra. Teresa Fuentes Maibée, Fono: 72203380
[email protected]


Ver otros trámites de esta unidad

Llámenos

Central Teléfonica
800 20 90 90

Edificio Central

Plaza de los Heroes 445
(72) 2443500

Edificio Tomas Guaglén

Republica de Chile 592
(72) 2203300

Edificio DGA

Alameda esquina Viña del Mar
(72) 2443700