Detalle
El artículo 5° inciso segundo de la ley N° 18.287, establece la modalidad del Exhorto para aquellas infracciones de tránsito que han sido cursadas en lugares o caminos alejados de la residencia del infractor, entendiéndose por tales, los que se encuentran fuera de la provincia de Cachapoal.
El infractor puede formular sus descargos por escrito ante este Tribunal y solicitar se recabe al respectivo Juzgado la resolución del caso y si corresponde el envío de la Licencia de Conducir retenida, la que se devolverá previo pago, cuando proceda, de la multa impuesta, mediante Vale Vista Bancario a la orden de la Tesorería Municipal correspondiente al Tribunal exhortado.
Se retiene la boleta original y se otorga Permiso Provisorio para conducir mientras dure la tramitación, a menos que la infracción sea conducir sin licencia o con ella vencida.
Para la tramitación del exhorto debe pagarse el derecho municipal respectivo, el que asciende a $ 4.000 (cuatro mil pesos) más $ 2.000 (dos mil pesos) en Impuesto Municipal (estampillas) para el Permiso Provisorio por 2 meses.
Información complementaria
¿Cómo se tramita un exhorto?
Todo conductor de vehículo que reciba una infracción a la Ley de Tránsito será privado de su licencia de conducir y, además, será citado al Juzgado de Policía Local de turno de la comuna donde le fue cursado la infracción.
Las personas infraccionadas en lugares o caminos alejados de su lugar de residencia (identificada en la licencia de conducir), pueden recibir una citación en un plazo que varía entre 10 a 20 días hábiles después de cursada la infracción.
Sólo en este último caso, los afectados pueden solicitar autorización para no tener que viajar al lugar donde fue cometida la infracción, de tal modo de enfrentar las acciones legales en la comuna donde residen.
¿Qué es un exhorto?
Es un procedimiento judicial que se lleva a cabo a petición del conductor afectado, mediante el cual el juez de Policía Local de la comuna donde vive el infraccionado realiza una solicitud a su colega de la comuna donde fue cursada la infracción.
A través del exhorto se solicita que la licencia retenida sea devuelta y que el denunciado pueda cumplir con las acciones judiciales en su comuna de residencia, para que no tenga que comparecer en el Juzgado de Policía Local del lugar donde fue infraccionado.
Importante: esta solicitud no puede ser realizada en caso de infracciones que hayan originado accidentes de los cuales resulten lesionados o daños materiales a terceros.
El afectado debe acudir al Juzgado de Policía Local de su residencia para formular sus descargos por escrito y solicitar que se recabe la resolución del caso en su comuna.
Una vez solicitado, el juez de la localidad donde fue cursado el parte comunicará a su colega que tramitó el exhorto la sentencia dictada.
Además, se enviará la licencia de conducir retenida su fuera el caso, la cual sólo podrá ser devuelta al denunciado previo pago de la multa impuesta.
Posteriormente, el juez del lugar de residencia retendrá la boleta de citación que le cursaron al infractor y otorgará un permiso provisorio para conducir (por un plazo máximo de 30 días); lo anterior siempre que la infracción no haya sido por conducir con la licencia vencida o sin ella.
Para solicitar que se tramite el exhorto, el interesado debe presentar:
- Su cédula de identidad vigente.
- La boleta de citación entregada por Carabineros de Chile vigente.
- Fotocopia de la boleta de citación.
Si requiere más información revise:
- El sitio web de su municipalidad, ya que en algunos casos puede hacer un seguimiento en línea de su solicitud.
- La Ley N°18.290 (ley de tránsito)